Usuario
Contraseña
Cargando... Espere, por favor.
Inicio >
Documentos-Grupo de Expertos
Mostrar sinónimos
Mostrar sinónimos
  • Grupo de Expertos235
  • Sección (282)
    Ver más
  • Año (235)
    Ver más
1
El Tribunal Supremo ratifica que la derivación de responsabilidad del artículo 43.1.a) LGT tiene naturaleza sancionadora y fija como doctrina que la carga de la prueba corresponde a la Administración
Documentos-Grupo de Expertos, 16 de Junio de 2025
Alfonso del Castillo Bonet, miembro del Grupo de Litigación de AEDAF, comenta la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de mayo de 2025 rec. núm. 3452/2023, que corrige el criterio de la AEAT y la Sección 7ª, Sala de lo Contencioso-administrativo, de la Audiencia Nacional que sostenía que en las derivaciones de responsabilidad del artículo 43.1.a) LGT se produce una inversión de la carga de la prueba (onus probandi). De acuerdo con el criterio administrativo, la Administración solo debía justificar la condición de administrador societario, correspondiendo a este la prueba de que había realizado los actos de su incumbencia necesarios para el cumplimiento de las obligaciones y deberes tributarios. El Tribunal Supremo ratifica que el artículo 43.1.a) LGT tiene naturaleza sancionadora y, en consecuencia, considera aplicable los principios de carga de la prueba e in dubio pro reo, casando la sentencia de instancia.

PDFEl Tribunal Supremo ratifica que la derivación de responsabilidad del artículo 43.1.a) LGT tiene naturaleza sancionadora y fija como doctrina que la carga de la prueba corresponde a la Administración

2
Repaso a la última modificación del Concierto Económico
Documentos-Grupo de Expertos, 16 de Junio de 2025
El pasado 29 de abril, se aprobó la Ley 3/2025 por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, que representa un nuevo paso en la evolución del Concierto Económico entre el Estado y los territorios históricos vascos y un nuevo avance en la concertación. En este documento, Iratxe Celaya Acordarrementería, miembro del Grupo de Expertos en Derecho Foral, expone las principales modificaciones introducidas, que responden a la necesidad de adaptar el Concierto a los últimos desarrollos del ordenamiento jurídico tributario, tanto a nivel estatal como de la Unión Europea, desde la anterior modificación realizada en abril de 2023, así como a la de introducir algunos aspectos que mejoran el ámbito técnico y competencial de las Diputaciones Forales.

PDFRepaso a la última modificación del Concierto Económico

3
Sobre la consideración de grupo a efectos del artículo 18 LIS
Documentos-Grupo de Expertos, 9 de Junio de 2025|Documentos-Grupo de Expertos, 9 de Junio de 2025
Una de las situaciones que habitualmente se da en las comprobaciones de los precios de transferencia por parte de la Inspección de Tributos es la consideración, de la existencia de grupo a efectos del artículo 18 LIS, por la presencia de un socio común persona física que ostente el control en dos entidades holding o de dos grupos de empresas, con las consecuencias que ello conlleva, no solo a efectos de exigencia del informe de grupo o Master File, sino también a los de limitar la exigencia de información y datos por parte del actuario. En esta nota, David Cañabate Clau, Miembro del Grupo de Expertos en Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia de AEDAF, aclara qué debe entenderse por “grupo” a efectos del artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), desmontando la interpretación extensiva que suele hacer la Inspección de Hacienda cuando hay una persona física común controlando varias entidades, entendiendo que solo debe considerarse grupo, el definido por el artículo 42 CdC, es decir, con control societario. Lo demás son supuestos de vinculación, no de grupo, y deben tratarse como tales.

PDFSobre la consideración de grupo a efectos del artículo 18 LIS

4
Tributación de criptomonedas: impacto de la Sentencia 37/2025 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en el método de cálculo de las ganancias o pérdidas patrimoniales
Documentos-Grupo de Expertos, 9 de Junio de 2025
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en su sentencia 37/2025 de 9 de enero, ha determinado que el criterio FIFO aplicado por la administración tributaria para cuantificar las ganancias (o pérdidas) patrimoniales derivadas de operaciones de venta o permuta de criptomonedas, carece de soporte legal. En este documento, Alberto Rodríguez Arredondo, miembro del Grupo de Expertos en Derecho Foral, comenta esta sentencia, de especial relevancia para la presente campaña de Renta, dado que, en los territorios forales, habrá que tener en cuenta que el criterio FIFO establecido para estas operaciones, y que es la doctrina ahora anulada, es sólo uno de los sistemas de cálculo que se pueden utilizar a la hora de determinar las ganancias y/o pérdidas derivadas de operaciones con criptomonedas.

PDFTributación de criptomonedas: impacto de la Sentencia 37/2025 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en el método de cálculo de las ganancias o pérdidas patrimoniales

5
Resumen reunión Grupo Expertos en Derecho Foral 15 de mayo de 2025
Documentos-Grupo de Expertos, 2 de Junio de 2025
Resumen de la reunión celebrada por el Grupo de Expertos en Derecho Foral el día 15 de mayo de 2025, en la que entre otras cuestiones se retomó el análisis de la evolución divergente de ciertas medidas fiscales adoptadas por los distintos Territorios Históricos o las modificaciones introducidas en el Concierto Económico, entre las que destaca la elevación de 10 a 12 millones de euros del umbral de volumen de operaciones a efectos de la aplicación de la normativa y exacción forales, la posibilidad abierta al legislador foral de adoptar el régimen de diferimiento del IVA a la importación, la concertación del nuevo Impuesto Complementario para multinacionales, y la conversión del IRNR en un impuesto concertado de normativa autónoma.

PDFResumen reunión Grupo Expertos en Derecho Foral 15 de mayo de 2025

6
Reglamento del Impuesto Complementario: Real Decreto 252/2025, de 1 de abril
Documentos-Grupo de Expertos, 5 de Mayo de 2025
Mª Teresa Ruiz de Azúa Barrate, miembro del Grupo de Expertos de Asesores Internos, resume en este documento el Real Decreto 252/2025, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos internacionales y grupos nacionales de gran magnitud. Este Reglamento será de aplicación a los períodos impositivos que se inicien a partir del 31 de diciembre de 2023, a excepción de las disposiciones relativas a la regla de beneficios insuficientemente gravados que tendrán efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 31 de diciembre de 2024, excepto las matrices situadas en la UE que hayan optado por la aplicación diferida de las reglas de inclusión de rentas y de beneficios insuficientemente gravados, en cuyo caso aplicará a partir del 31 de diciembre de 2023.

PDFReglamento del Impuesto Complementario: Real Decreto 252/2025, de 1 de abril

7
La sentencia del Tribunal Supremo en el caso Nutreco: Operaciones intragrupo financieras, artificiosidad transfronteriza, y libertades fundamentales europeas (TFUE) en el contexto de la aplicación de la cláusula antiabuso del artículo 15 LGT
Documentos-Grupo de Expertos, 5 de Mayo de 2025|Documentos-Grupo de Expertos, 5 de Mayo de 2025
José Manuel Calderón Carrero, miembro del Grupo de Expertos en Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia, comenta en este documento la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de febrero de 2025 rec. núm.1034/2023, más conocida como caso Nutreco. Esta sentencia ofrece un marco de referencia para comprender la evolución jurisprudencial española en materia de operaciones financieras intragrupo con dimensión transfronteriza, constituyendo un pronunciamiento de singular relevancia no sólo por la cuestión de fondo resuelta, sino también por la contextualización de la normativa antiabuso nacional en el marco de las libertades fundamentales garantizadas por el Derecho de la UE.

PDFLa sentencia del Tribunal Supremo en el caso Nutreco: Operaciones intragrupo financieras, artificiosidad transfronteriza, y libertades fundamentales europeas (TFUE) en el contexto de la aplicación de la cláusula antiabuso del artículo 15 LGT

8
Para determinar la “cuota defraudada” en el delito fiscal “hay que compensar”; consecuencias de la STS de 14 de noviembre de 2024 (Sala Segunda) en la regularización, delito continuado y operaciones vinculadas
Documentos-Grupo de Expertos, 28 de Abril de 2025
Alejandro Blázquez Lidoy, coordinador del Grupo de Expertos en Delitos Económicos de AEDAF, realiza en este documento un estudio en detalle de la sentencia del Tribunal Supremo Sala de lo Penal, de 14 de noviembre 2024 rec. núm. 1595/2022, también conocida como sentencia de “los papeles de Bárcenas”. Esta sentencia, junto con la de 8 de abril de 2024 rec. núm. 6489/2021, supone un paradigma en el ámbito del delito contra la Hacienda Pública. Es una sentencia con un contenido y unos efectos muy relevantes. El TS identifica “cuota defraudada” con perjuicio económico real para la Hacienda, de tal manera que es necesario descontar lo efectivamente pagado y declarado por el investigado como consecuencia de esa cuota defraudada, sea en el mismo tributo u otro distinto. El perjuicio real exige “compensar” y el principio de estanqueidad debe ser matizado en sede penal. De esta manera, en la STS de 14 de noviembre 2024 la cuota defraudada en 2007 por el IS se minora con la cuota ingresada de más en 2008 por el mismo concepto (diferimiento), por lo que no existe cuota defraudada en 2007.

PDFPara determinar la “cuota defraudada” en el delito fiscal “hay que compensar”; consecuencias de la STS de 14 de noviembre de 2024 (Sala Segunda) en la regularización, delito continuado y operaciones vinculadas

9
Nuevo paquete de medidas fiscales para Cataluña
Documentos-Grupo de Expertos, 14 de Abril de 2025
El 23 de marzo de 2025 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, el Decreto ley 5/2025, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, de gastos de personal y otras administrativas, que introduce modificaciones tanto en el ámbito de los tributos propios, como en el ámbito de los impuestos cedidos. Albert Folguera, miembro del Grupo de Expertos en Impuestos Indirectos, resume en este documento, las novedades introducidas por este Decreto ley en materia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y el Impuesto sobre sucesiones y donaciones.

PDFNuevo paquete de medidas fiscales para Cataluña

10
Efectos contables de la modificación de tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades
Documentos-Grupo de Expertos, 7 de Abril de 2025
La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establece un Impuesto Complementario, incluye en su Disposición final octava varias modificaciones en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), entre ellas la del artículo 29 LIS referente al tipo de gravamen. Asimismo, añade una Disposición Transitoria cuadragésima cuarta relativa a la aplicación transitoria del tipo de gravamen general para microempresas y entidades de reducid dimensión. En esta nota, Belén Álvarez Pérez, coordinadora del Grupo de Expertos en Contabilidad, analiza los efectos contables en el cierre de 2024 producidos por la mencionada reducción de los tipos de gravamen, en base a las normas de Valoración y registro 13ª y 15ª del Plan General de Contabilidad.

PDFEfectos contables de la modificación de tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades

11
Validez en el proceso penal de las entradas y registros acordadas en la jurisdicción contenciosa y cosa juzgada material (Comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 31/2025, de 10 de febrero, que en realidad no resuelve ninguna de las dos cuestiones)
Documentos-Grupo de Expertos, 7 de Abril de 2025
Oscar Morales, miembro del Grupo de Expertos en Delitos Económicos, hace en este documento un comentario de la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2025 de 10 de febrero, que solventa una cuestión de naturaleza procesal ya resuelta por el TC, que es la exigencia de motivación reforzada en la revisión de sentencias absolutorias en la apelación. Y lo hace otorgando el amparo y devolviendo la causa penal al órgano de apelación para que vuelva a pronunciarse motivadamente prolongando con ello la agonía procesal del contribuyente.

PDFValidez en el proceso penal de las entradas y registros acordadas en la jurisdicción contenciosa y cosa juzgada material (Comentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 31/2025, de 10 de febrero, que en realidad no resuelve ninguna de las dos cuestiones)

12
Verifactu, no Verifactu o SII: opciones y riesgos
Documentos-Grupo de Expertos, 31 de Marzo de 2025
En esta nota, Jaime Santonja López, miembro del Grupo de Expertos en Impuestos Indirectos, pretende analizar de forma clara y concisa las opciones que presenta la entrada del VERI*FACTU, los efectos, sus riesgos y las causas que pueden dar lugar a su elección, en definitiva, definir un problema, cómo optar por cada modalidad y analizar ventajas e inconvenientes.

PDFVerifactu, no Verifactu o SII: opciones y riesgos

13
El fondo de comercio y la DT 27 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades: Periodo para su recuperación fiscal 
Documentos-Grupo de Expertos, 24 de Marzo de 2025
El presente documento, elaborado por María del Olmo, miembro del Grupo de Expertos de Asesores Internos, analiza en profundidad el tratamiento fiscal del fondo de comercio generado en operaciones de reestructuración societaria, a la luz del régimen transitorio previsto en la Disposición Transitoria 27ª de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. A través de un enfoque técnico y jurídico, se aborda la evolución normativa del tratamiento contable y fiscal del fondo de comercio desde 2008 hasta la actualidad, con especial énfasis en la deducibilidad fiscal del mismo tras la supresión del artículo 89.3 de la LIS y la introducción de criterios de amortización contable sistemática. La autora del documento defiende que, en virtud de la mencionada disposición transitoria, los contribuyentes pueden modular cada ejercicio el importe del gasto fiscalmente deducible asociado a fondos de comercio generados hasta 2014, sin que exista obligación de aplicar de forma lineal el porcentaje máximo del 5% anual, y sin perjuicio de su amortización contable.

PDFEl fondo de comercio y la DT 27 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades: Periodo para su recuperación fiscal 

14
Resumen reunión de 13 de marzo de 2025 del Grupo de Expertos en Delitos Económicos
Documentos-Grupo de Expertos, 24 de Marzo de 2025
En este documento se resumen los temas tratados en la reunión del Grupo de Expertos en Delitos Económicos, celebrado el 13 de marzo de 2025. Entre los temas tratados se comentó la intervención de Alejandro Blázquez en la jornada Nacional de Estudio 2025 centrada en el delito de defraudación tributaria y cuestiones como el dolo, la responsabilidad civil o la conexión con el blanqueo de capitales. Otro de los temas debatidos en la reunión, fue la imparcialidad de los informes periciales elaborados por funcionarios públicos, analizando los criterios divergentes entre la Sala de lo Penal y la de lo Contencioso del Tribunal Supremo. Se revisaron pronunciamientos jurisprudenciales recientes sobre el principio non bis in ídem, la valoración de pruebas entre jurisdicciones, y la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

PDFResumen reunión de 13 de marzo de 2025 del Grupo de Expertos en Delitos Económicos

15
Nota sobre la D.F. decimosexta sexta de la Ley 7/2024 y art. 14 de la orden por la que se aprueban los modelo de declaración del IRPF y de IP, ejercicio 2024, y se desarrolla la DF decimosexta de la Ley 7/2024 
Documentos-Grupo de Expertos, 24 de Marzo de 2025
En esta nota, José Ángel García de la Rosa, miembro del Grupo de Expertos en Derechos y Garantías de los Contribuyentes y Práctica Tributaria, analiza críticamente el nuevo procedimiento regulado en la DF 16ª de la Ley 7/2024 y su desarrollo en el artículo 14 de la orden que aprueba los modelos de declaración del IRPF y del IP para 2024. Esta disposición modifica sustancialmente la tramitación de las devoluciones de ingresos indebidos derivadas de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del IRPF (Ley 35/2006), que reconoce el derecho a la reducción en la integración de determinadas pensiones derivadas de aportaciones a mutualidades laborales. El documento expone el origen de la cuestión, detallando el criterio del Tribunal Supremo y su contradicción con la posición previa del TEAC, así como la solución inicial habilitada por la AEAT para la solicitud de devoluciones a través del formulario DT2, sustituida finalmente por el procedimiento establecido en la DF 16ª LIRPF. La nota critica la imposición de cargas innecesarias y desproporcionadas a los mutualistas afectados, señalando la posible vulneración de principios constitucionales como la tutela judicial efectiva, la seguridad jurídica, la confianza legítima o la interdicción de la arbitrariedad. Además, plantea dudas sobre el tratamiento de los intereses de demora, la inclusión del crédito en la masa hereditaria y la falta de cobertura normativa adecuada del procedimiento.

PDFNota sobre la D.F. decimosexta sexta de la Ley 7/2024 y art. 14 de la orden por la que se aprueban los modelo de declaración del IRPF y de IP, ejercicio 2024, y se desarrolla la DF decimosexta de la Ley 7/2024 

16
Aplicación de la doctrina de los «casos daneses» del TJUE respecto a la denegación de la exención del IRNR de los intereses pagados a residentes de la Unión Europea: SAN de 17 de octubre de 2024 (rec. núm. 810/2019)
Documentos-Grupo de Expertos, 17 de Marzo de 2025|Documentos-Grupo de Expertos, 17 de Marzo de 2025
Victor Viana Barral, miembro de Grupo de Expertos en Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia, analiza en este documento la importante sentencia de la Audiencia Nacional de 17 de octubre de 2024, en la que se respalda la resolución del TEAC de 8 de octubre de 2019, donde se deniega la exención sobre los intereses pagados desde España a residentes de la UE o EEE, si no son los beneficiarios efectivos de dichos intereses, por aplicación de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de febrero de 2019 (casos daneses).

PDFAplicación de la doctrina de los «casos daneses» del TJUE respecto a la denegación de la exención del IRNR de los intereses pagados a residentes de la Unión Europea: SAN de 17 de octubre de 2024 (rec. núm. 810/2019)

17
Novedades de la normativa europea en materia de sostenibilidad y su impacto en las empresas
Documentos-Grupo de Expertos, 17 de Marzo de 2025
El pasado 26 de febrero, la Comisión Europea anunció un paquete de enmiendas regulatorias dentro de la iniciativa "Ómnibus de simplificación", con el objetivo de reducir la carga administrativa de las empresas y mejorar la competitividad de la Unión Europea sin comprometer los objetivos del Pacto Verde Europeo. Leandro Carrillo, miembro del Grupo de Contabilidad, comenta en esta nota las principales novedades introducidas, que actualmente se encuentran en proceso de aprobación por parte del Parlamento Europeo, y se prevé que su entrada en vigor sea para el primer semestre de 2025.

PDFNovedades de la normativa europea en materia de sostenibilidad y su impacto en las empresas

18
Tratamiento contable y fiscal del deterioro de existencias
Documentos-Grupo de Expertos, 10 de Marzo de 2025, AEDAF
El objetivo de este documento, elaborado por Leandro Carrillo, miembro del Grupo de Expertos en Contabilidad, es analizar el tratamiento contable y fiscal del deterioro de existencias en el marco normativo español. El deterioro de existencias representa la disminución del valor del inventario de la empresa, debido a factores como la obsolescencia, el daño físico o la reducción de la demanda del producto. Este concepto plantea importantes desafíos para las empresas, tanto desde una perspectiva contable, ya que afecta a la presentación de los estados financieros, como desde un punto de vista fiscal, por su impacto en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades (IS), así como por las diferencias entre ambos criterios y las exigencias existentes a la hora de justificar la pérdida de valor de las existencias.

PDFTratamiento contable y fiscal del deterioro de existencias

19
Acreditación “ex novo” de deducciones de I+D+i
Documentos-Grupo de Expertos, Primer cuatrimestre de 2025, AEDAF
En esta nota, elaborada por Consuelo Sevillano Sebastiá, miembro del Grupo de Litigación de AEDAF, se analizan las posibilidades de acreditación de la deducción por investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) en ejercicios posteriores a la realización del gasto y/o inversión. Esta nota se ha realizado con motivo de la oposición al recurso de Alzada para unificación de criterio en la que ha intervenido el Grupo de Litigación dado el interés de la misma para asociados y contribuyentes.

PDFAcreditación “ex novo” de deducciones de I+D+i

20
El TSJ del País Vasco matiza y corrige la doctrina administrativa en relación con la tributación en el IRPF de las rentas derivadas de operaciones con monedas virtuales
Documentos-Grupo de Expertos, 3 de Marzo de 2025, AEDAF
Emilio Pérez Pombo, miembro del Grupo de Expertos en Derechos y Garantías de los Contribuyentes y de Práctica Tributaria, comenta en esta nota la pionera sentencia del TSJ del País Vasco de 9 de enero de 2025, rec. núm. 75/2024, relativa al tratamiento en el IRPF de las rentas derivadas de la transmisión de monedas virtuales. La relevancia de esta sentencia radica en que contradice parcialmente la doctrina administrativa emanada de la Dirección General de Tributos a este respecto, resolviendo el Tribunal que en la transmisión de criptomonedas no es de aplicación el método FIFO.

PDFEl TSJ del País Vasco matiza y corrige la doctrina administrativa en relación con la tributación en el IRPF de las rentas derivadas de operaciones con monedas virtuales